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Dando cumplimiento a la resolución 1128 de 2020 por la cual se reglamenta la  garantía de la prestación de servicios en el  sistema de seguridad social en  salud para la población no afiliada o con novedad  de terminación de la inscripción, las entidades territoriales o IPS,  pueden registrar  las afiliaciones a través del sistema de afiliación transaccional (SAT) dispuesto por el ministerio en www.miseguridadsocial.gov.co.

De presentarse alguna novedad que impida el registro en SAT el mismo día de la atención, Salud Total EPS-S ha dispuesto  un módulo exclusivo para que las entidades territoriales registren el formulario de afiliación máximo al día hábil siguiente, junto con los soportes de identificación necesarios para formalizar de manera exitosa la afiliación en nuestra EPS.

Afiliación de oficio a través de SAT

Es importante recordar que antes de efectuar la afiliación debes validar en la BDUA que el usuario sea nuevo para el SGSSS o que este en un estado de terminación de la inscripción, y adicionalmente la validez del documento frente a su edad y condición; en el caso de menores de edad, deberán validar en la misma consulta la afiliación de los padres, y en caso de que alguno se encuentre afiliado los deberán incluir como beneficiarios dentro del mismo grupo familiar.

En caso de que la IPS o el Ente Territorial no puedan realizar el registro por SAT, el Ente podrá realizarlo directamente con la EPS a través del formulario único de afiliación. A continuación se encuentra el instructivo para realizar la afiliación directamente con Salud Total EPS-S.


Instructivo de afiliación de oficio con Salud Total EPS-S

Registro de afiliación de oficio


  • Cuando se reporte a la EPS, el Ente Territorial debe entregar el formulario de afiliación y los soportes de identificación .
  • La EPS enviará una comunicado al afiliado notificando:
    • FECHA DE INSCRIPCIÓN
    • RED DE PRESTADORES DE SERVICIO
    • DERECHO QUE TIENE A  TRASLADARSE
    • OBLIGACION DE AFILIAR A SU NUCLEO FAMILIAR
    • DATOS DE CONTACTO DE LA EPS

  • Con el registro por parte del Ente, el sistema genera un caso o registro y le envía un correo indicándole el numero con el que queda registrada su solicitud.
  • El área de afiliaciones recibe el caso,  carga la afiliación en el sistema, y  genera comunicado al afiliado con la información establecida por la norma